Publish Date
Oct 22, 2026
Mexico Tax Update
El pasado 15 de septiembre de 2026 les informamos que la titular del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”), había presentado ante el Congreso de la Unión el Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2027, el cual incluyó la propuesta de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Aduanera.
El proceso legislativo que cursó esta última propuesta ha concluido y el Poder Legislativo aprobó finalmente, con algunas modificaciones, la iniciativa de la titular del Ejecutivo de la Unión referente a la Ley Aduanera. Es importante señalar que aun está pendiente que el Senado apruebe las demás propuestas que integraron el Paquete Económico 2027, lo que tan pronto acontezca les será informado.
A continuación nos referiremos a los cambios que el Poder Legislativo efectuó a la iniciativa de reformas a la Ley Aduanera presentada por la Presidenta de la República, lo que en unión de nuestra publicación del mes de septiembre, a propósito de la presentación del Paquete Económico 2027, constituye la totalidad de los cambios que operarán a tan importante cuerpo normativo.
El Senado de la República aprobó en su totalidad el dictamen de reformas a la Ley Aduanera previamente aprobado por la Cámara de Diputados con dos reservas.
En principio, la reforma aprobada faculta a las autoridades aduaneras para embargar precautoriamente las mercancías cuyo valor en aduana declarado en el pedimento sea simplemente inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares. No obstante, se adiciona una disposición transitoria para establecer que las autoridades aduaneras deberán determinar el procedimiento y las mercancías a las que resultará aplicable el embargo precautorio en los términos aprobados. Para las demás mercancías, se establece que se podrán determinar porcentajes de diferencia entre el valor declarado en el pedimento y el valor de transacción de mercancías idénticas o similares, para que resulte procedente el embargo precautorio respecto de ciertas mercancías. Estas disposiciones deberán emitirse a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
También se aprobó eliminar la exención del embargo precautorio de mercancías sujetas a precios estimados importadas al amparo de la garantía correspondiente. Asimismo, la reforma aprobada permite sustituir el embargo precautorio mediante depósitos en cuentas aduaneras de garantía cuando la subvaluación sea inferior en menos de un 20%; cuando sea del 20% o más, la garantía deberá constituirse mediante depósitos en efectivo conforme a las disposiciones emitidas por las autoridades aduaneras.
Finalmente, se aprobó reducir al 20% el umbral de diferencia entre el valor en aduana declarado y el valor de transacción de mercancías idénticas o similares, a partir del cual se presumiría cometida la infracción por omisión de impuestos al comercio exterior.
A pesar de que la reforma aprobada dota a las autoridades aduaneras de mayores atribuciones para combatir la subvaluación de mercancías, deja a los importadores en incertidumbre, ya que las autoridades podrían sustentar sus revisiones en valores registrados en bases de datos institucionales a las que los contribuyentes no tienen acceso. No obstante, esta incertidumbre podría ser mitigada por las autoridades aduaneras mediante el establecimiento de parámetros claros en las disposiciones correspondientes.
La reforma aprobada incorpora una nueva multa específica para la infracción consistente en la omisión, presentación extemporánea o presentación con datos inexactos de los documentos que amparen la importación y exportación de mercancías, cuando se trate de hidrocarburos y petrolíferos. La multa específica para estas mercancías será del 50% al 100% del valor comercial de las mercancías. Esta multa parecería excesiva, considerando que actualmente las multas vigentes para esta infracción oscilan entre 2,640 y 7,190 pesos a las que está sujeto el resto de las mercancías, según sea el caso.
La nueva multa tendrá un impacto significativo para los importadores de hidrocarburos y petrolíferos, quienes deberán reforzar la revisión de la documentación requerida para sus operaciones y verificar el debido cumplimiento de la legislación aduanera.
Las reformas a la Ley Aduanera prevén que entrarán en vigor el 1 de enero de 2027, y no al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El dictamen de reformas a la Ley Aduanera se remite al Ejecutivo Federal para que continue con su proceso legislativo hasta su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El proceso legislativo de modificaciones a la Ley Aduanera ha concluido y presenta retos importantes para los sujetos y operadores de comercio exterior. En este escenario, la recomendación que expusimos en su oportunidad es más vigente que nunca. La realización temprana de análisis y modelos que sustenten el valor en aduana de las mercancías sin duda puede permitir cuantificar impactos, preparar sistemas y procesos y evaluar las mejores alternativas de cumplimiento.
Nuestro equipo de especialistas en Comercio Exterior está preparado para analizar los posibles impactos de la reforma en curso para los clientes y las mejores formas de enfrentar cualquier contingencia.
Con gusto puede ponerse en contacto con cualquiera de nuestros especialistas fiscales.